becas y ayudas

CONVOCATORIA DE BECAS DE CARÁCTER GENERAL, CURSO 2024/25, PARA ESTUDIOS POSTOBLIGATORIOS

(PLAZO del 19 de marzo de 2024 hasta el 10 de mayo de 2024 a las 15:00 h.)

El BOE del día 15 de marzo de 2024 publicó la Resolución de 13 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2024-2025, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
Esta convocatoria está destinada a alumnos que estén cursando:
          – Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias del sistema educativo español y con validez en todo el territorio nacional, o
          – Enseñanzas universitarias del sistema universitario español cursadas en centros españoles y con validez en todo el territorio nacional:
enlace a la convocatoria

Becas para el estudio de Bachillerato en la Comunidad de MadridCurso 2024/25

(PLAZO desde el día 24 de abril  hasta el día 17 de mayo de 2024, ambos inclusive)

 
El 23 de abril de 2024 se ha publicado el Extracto de la Orden 1837/2024, por la que se aprueba la convocatoria de becas para el Estudio de Bachillerato en la Comunidad de Madrid correspondiente al curso 2023/2024.
Podrán solicitar estas becas los alumnos que reúnan, durante todo el curso 2024/2025, los siguientes requisitos:
• Estar matriculado o tener reserva de plaza para cursar 1º o 2º de Bachillerato en el curso 2024/2025, en un centro autorizado de la CM.
• No ser alumno repetidor del curso para el que se solicita la beca.
• No superar el límite de renta per cápita familiar de 35.913€, determinado conforme a lo establecido en los artículos 5, 6 y 8.1. d) de la Orden 1142/2022, de 10 de mayo de la Consejería de Educación , Universidades, Ciencia y Portavocía.
Interesados, solicitar certificado de reserva de plaza a secretaria@cscjsalesianas.es, indicando el nombre del alumno. (Imprescindible haber realizado reserva de Bachillerato y haber entregado el sobre de matrícula).
Orden 1837-2024Bases reguladorasEnlace a Comunidad de MadridEnlace a Solicitudes (Próximamente)

Programa de préstamo de libros ACCEDE

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BECA COMEDOR ESCOLAR (curso2024/25)

(PLAZO del 21 de mayo al 17 de junio de 2024)

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Ayudas para alumnos con Necesidad Específica de Apoyo Educativo. Curso 2024/2025

(Plazo de presentación de solicitudes desde el 30 de abril de 2024 hasta el 13 de septiembre de 2024, ambos inclusive.)

El Ministerio de Educación y Formación Profesional convoca anualmente ayudas destinadas a colaborar en los gastos que la educación del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo genera para sus familias.  Para el curso académico 2024-2025 ha dictado la Resolución de 12 de abril de 2024, por la que se convocan ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo. Las ayudas al estudio individualizadas son las siguientes:
  1. a)    Ayudas directas para los alumnos, incluyendo al alumnado con TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad) y alumnado con TEA (Trastorno del espectro autista).
  2. b) Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociado a necesidades educativas especiales para familias numerosas. También podrán ser beneficiarios de subsidios los alumnos con TEA (Trastorno del espectro autista), pertenecientes a familias numerosas, no incluidos en el párrafo anterior.
  3. c) Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.d) Subsidio de cuantía fija para gastos adicionales de carácter general derivados de la escolarización de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a discapacidad, trastornos graves de conducta o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje.
Podrán solicitar las ayudas los alumnos que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar (según el art, 4 de la Resolución de 12 de abril de 2024) y que presenten necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta  o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociado a necesidades educativas especiales y que se encuentren cursando en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, alguno de los niveles educativos no universitarios. Asimismo, podrán solicitar las ayudas los alumnos con TEA y los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades. Las clases y cuantías de las ayudas y subsidios se determinan en el art. 7 de la Resolución de 12 de abril de 2024.
Las solicitudes tanto de ayudas como de subsidios deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible www.educacionyfp.gob.es o a través de la sede electrónica del MEFPD
convocatoriaEnlace a convocatoria